La naturaleza jurídica del funcionario de hecho en los delitos contra la administración pública-peculado
Fecha
2012Metadatos
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La década pasada fuimos testigos de los altos índices de corrupción vividos en
nuestro país, el mismo que traía consigo la nueva maquinaria de delitos contra el
Estado y por consiguiente contra la población que pudo vivenciar y sentir de la
problemática suscitada en la época del fujimorismo.
Por ello, el presente trabajo apunta a la inclusión de la definición sistémica de la
figura del funcionario de hecho frente a los delitos contra la administración pública,
específicamente delito de peculado. Para evitar la impunidad de los agentes que
haciendo uso de la investidura otorgada por el Estado hacen de las suyas al ser
una figura atípica, y no recogida por nuestro Código Penal, ni la legislación
peruana.
El presente trabajo posee como objetivo principal, determinar los factores de cómo
la legislación peruana está reconociendo al funcionario de facto como funcionario
público. Se estudiarán las diferentes teorías y posturas, así como la legislación
nacional y los tratados internacionales, de los que es parte el Estado peruano. Por
consiguiente, considero oportuno atisbar sobre este tema para que exista un
mayor cuidado al momento de calificar y sancionar a tales sujetos que incurren a
en los delitos contra la administración pública, peculado. Asimismo se pretende
que con nuestro aporte se exija un mejor desarrollo jurídico en la legislación
peruana.
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