Cambio de sexo y su relación con el derecho de las personas
Date
2013Metadata
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La transexualidad es un fenómeno muy complejo, que se caracteriza por la
disociación entre el sexo físico del transexual y su sexo psíquico – social.
Este problema puede ser analizado desde un múltiple enfoque: médico -científico,
ético, sociológico, etc, pero también ha expandido sus fronteras al mismo Derecho,
por las consecuencias jurídicas que produce cuando los transexuales sienten la
necesidad de aliviar su dramático padecimiento y recurren al sistema legal a fin de
obtener la protección de sus derechos fundamentales, en particular el reconocimiento
de su derecho a la dignidad.
Lo común es que los transexuales ejerzan su derecho de acceso a la justicia para
solicitar la autorización que les permita verse sometidos a una intervención
quirúrgica de adecuación de genitales externos, para después solicitar su cambio de
sexo en términos legales, con el reconocimiento jurídico de su nueva identidad, que
hará posible finalmente que se rectifique su nombre en su partida de nacimiento y en
sus documentos oficiales más importantes, para que pueda ejercer con plenitud todos
sus derechos.
En países como Alemania, Italia, Holanda, Suecia y España, la problemática
transexual se encuentra regulada ya sea por la vía legislativa o por la jurisprudencial.
En nuestro país existe un vacío legal al respecto, que ha sido tratado de ser cubierto
mediante la jurisprudencia. Sin embargo, se han expedido sentencias contradictorias que no han ayudado mucho a resolver el tema, siendo entonces necesaria la
expedición de una normativa específica.
A continuación analizaremos el fenómeno de la transexualidad partiendo de una
breve descripción de sus implicancias médicas y científicas, para después exponer,
desde el punto de vista jurídico constitucional, los principales argumentos a favor y
en contra del mal llamado cambio de sexo.
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