Arbitrios frente a la obligación de hacer de las autoridades municipales
Date
2011Metadata
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Todo Estado, haciendo uso del lus Imperio, establece normas de derecho público
coercitivo y a veces coactivo, que van a determinar el comportamiento de los
agentes económicos.
Pues bien es sabido, que los tributos establecidos dentro de un Estado van a
establecer el manejo económico de los capitales, estableciendo las líneas directrices
que determinarán en que sendero las personas con capacidad contributiva querrán
consumir tal o cual producto.
Efectivamente el sujeto que genera riqueza es el que aportará los recursos
económicos necesarios para que el Estado pueda lograr los fines de cada año fiscal.
Sin embargo, cabe señalar que indiscriminadamente se han venido estableciendo
tributos que van a gravar el consumo, ingreso o patrimonio del agente económico,
sin considerar la realidad económica verdadera de cada sujeto.
Todo ello trae consigo consecuencias en la conducta económica del contribuyente y
alteraciones en el mercado, que en conjunto tienen un efecto real y cierto en la
economía de los particulares.
Configurando esta indiscriminada imposición de tributos una afrenta a la economía
de los sujetos obligados de la relación tributaria, y en consecuencia un abuso de
poder por parte de cada Estado, ya que el sujeto activo cumple con su obligación, es
decir con el pago, pero el Estado en muchas ocasiones no brinda la retribución que
es necesaria.
Es así que mientras el obligado tributario cumple con la obligación de dar, el Estado
debería cumplir con su obligación de hacer. Realidad que está, en el Perú, fuera de
contexto puesto que se imponen tributos y no cumple, el Estado, con su obligación
de hacer.
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