Autonomía privada frente a la disfuncionalidad de la Cláusula Penal
Date
2010Metadata
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La autonomía de la voluntad o llamada también Autonomía
Privada, es un elemento fundamental (una vez exteriorizada) para
realizar determinados actos jurídicos entre los sujetos de la sociedad
para que puedan satisfacer sus necesidades.
Es por ello que lo que acuerden las partes, en virtud de este
principio es de estricto cumplimiento, sin admitir modificaciones,
alteraciones, cambios en el acuerdo de manera unilateral.
Asi mismo, la cláusula penal es un mecanismo de protección,
ante el incumplimiento total o parcial de la obligación contractual por
uno de los sujetos de la relación jurídica que perjudica al sujeto
opuesto.
Al permitir la intervención del juez para modificar la penalidad,
no sólo se afecta la funcionalidad para lo cual fue creada dicha
figura, sino de vulnera el principio base que da origen a todos los
actos jurídicos, nos referimos a la Autonomía Privada.
Por ende, creemos conveniente que es necesaria la
modificación del articulo 1346° del código civil, por un articulo que
adopte la postura de la inmutabilidad absoluta pero añadiendo la
solución brindada por la teoría del análisis económico del derecho,
que consiste en que para evitar la intervención de un tercero a la
relación contractual (juez) y no se vulnere ni desnaturalice la figura
jurídica de la cláusula penal, las partes deben actuar con diligencia y
tomar conocimiento de todos los aspectos relacionados al acto
jurídico a celebrar para no estipular cláusulas sobrevaloradas o
infravaloradas.
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- Piura [866]