Aplicabilidad de las normas que establecen medidas disciplinarias y su relación con el principio NON BIS IN IDEM
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2011Metadatos
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La presente investigación se refiere al tema de la Aplicabilidad de
las Normas que establecen Medidas Disciplinarias y su relación con el
Principio Non Bis In ídem, el cual tiene diversos significados, tenemos el
literal “No dos veces por igual causa”; su significado jurídico “No ser
sancionado dos veces por los mismos hechos” y otro de tipo procesal
“No ser procesado dos veces por el mismo hecho”. Abordar el tema
sobre el principio de Non Bis In ídem es un asunto de mucha
trascendencia, dado a su interpretación dentro de nuestro ordenamiento
jurídico, sin embargo este tema acarrea una serie de dificultades al
momento de la imposición de una sanción, pues actúa como una
limitación al abuso de poder del estado ante la comisión de un hecho
ilícito.
El objetivo principal es lograr evitar el enfrentamiento de normas, es
decir, a través de esta investigación se buscará equiparar y contrastar
los ordenamientos jurídicos y comprobar si existe o no compatibilidad
entre las normas sancionadoras y el Principio Non Bis In ídem. Tal
como sabemos, la característica primordial del Principio Non Bis In
ídem, es evitar sancionar dos veces a un sujeto por la comisión de un
mismo hecho ilícito. Para ello, se debe hacer un previo análisis de las
normas, verificar si al aplicar una norma se estaría confrontando otras
normas, asimismo, determinar cuál será la relación jurídica que puede
generar la sanción administrativa, sin perjuicio del principio objeto de
análisis.
De esta manera, este proyecto de investigación pretende proponer un
mecanismo de coordinación, para que todos los órganos
sancionadores, no puedan causar algún daño al momento de la
aplicación de las sanciones, ya que dentro de nuestra realidad sí se
aplica de una manera desproporcionada las diversas normas, afectando
los derechos del individuo.
Para un mayor entendimiento y poder tener más alcances sobre este
tema, el primer capítulo está referido al Principio Non Bis In ídem,
desarrollándolo desde su etimología, evolución, significación de este
principio, el cual busca impedir que una persona pueda ser sancionada
de manera sucesiva, simultánea o reiterada por un hecho que fue
sancionado por otra autoridad administrativa o una judicial,
específicamente en el ámbito penal; hasta poder llegar a desarrollar el
tratamiento jurisprudencial de nuestro Tribunal Constitucional, pues en
este contexto, si bien el TC ha fijado los grandes lineamientos sobre la
prohibición de la persecución y sanción múltiples, Non Bis In ídem, es
aún necesario establecer reglas claras sobre el comportamiento que
deben observar los poderes públicos, en particular la administración,
para que los alcances de este principio tanto material y procesal cobren
efectiva vigencia.
El segundo capítulo y tercer capítulo se centrarán en el
desenvolvimiento del principio en las diversas ramas del derecho, tales
como el Derecho Administrativo Sancionador, el Derecho Penal, entre
otros. En estos capítulos se hablará específicamente de cómo la
administración pública ha entrado en real competencia al momento de
resolver una acción ilícita, pues la Administración no podrá imponer
sucesiva o simultáneamente una pena y una sanción administrativa por
el mismo hecho en los casos que se aprecie identidad de sujeto, hecho
y fundamento.
Por último, es preciso mencionar que la terminología que he optado, es
el Non Bis In ídem, sin embargo, al transcribir literalmente alguna cita
de autor o sentencia, respetaré la forma utilizada en dicho texto.
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- Piura [867]