Indicadores del Derecho a la no Autoincriminación y su Vulneración en los Procesos Seguidos por Tráfico Ilícito de Drogas en la Etapa de Investigación Preparatoria TARAPOTO 2015 - 2016”
Fecha
2017Metadatos
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Se señaló como problema de investigación cuáles son los indicadores a la no
autoincriminación que son vulnerados en los procesos seguidos por Tráfico Ilícito de Drogas en la Etapa de Investigación Preparatoria Tarapoto 2015-2016; cuyo objetivo general es Determinar los indicadores del Derecho a la No Autoincriminación y su vulneración en los procesos seguidos por Tráfico Ilícito de Drogas en la Etapa de Investigación Preparatoria, en el periodo 2015-2016.
Como resultado principal se indica que la encuesta precisa que el Derecho a la No
Autoincriminación no se encuentra reconocido expresamente en la Constitución. Sin
embargo, se trata de un derecho fundamental de orden procesal que forma parte de los
derechos implícitos que conforman el derecho al debido proceso penal, este último reconocido en el inciso 3) del artículo 139 de la Constitución.
Después del análisis de los resultados y su correspondiente discusión se concluye que el
derecho del imputado a no auto incriminarse (o a no declarar contra sí mismo), colinda con los derechos de defensa, a la presunción de inocencia y la libertad de declarar.
Es por ello que, se recomienda que las autoridades unifiquen más la legislación acerca del
Derecho a la No Autoincriminación y emitan normas que protejan la misma, para que de esta manera se conserve el derecho a la defensa del imputado, y se dé así un mejor debido proceso garantizando la estabilidad del sujeto procesal.
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- Tarapoto [468]
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