Delimitación entre dolo eventual y culpa consciente
Abstract
El presente tema traído a debate “es una de las más clásicas interrogantes del derecho
penal”, a la cual diversas teorías han intentado responder, la cual es la obtención de un
criterio de diferenciación entre el dolo eventual y la imprudencia consciente.
Al respecto cabe traer a colación la acertada opinión de Welzel cuando señala que esa
delimitación “es uno de los problemas más difíciles y discutidos del Derecho Penal”,
en virtud de que en ambos casos el agente comprende que con su acción puede dar lugar a
consecuencias perjudiciales (WELZEL, 1969)
Es así que, el realizar esta delimitación tiene mucha importancia ya que como señala
Claus Roxín “de dicha distinción depende o bien la punibilidad misma del hecho, como
sucede en la mayoría de los casos a raíz de la ausencia de una conminación penal para el
delito imprudente, o bien, por lo menos, la intensidad de la pena” (barberá)
Por otra parte, puedo decir que es muy complicado probar y observar el elemento
subjetivo como si fuese un dato de fácil percepción por parte de nuestros sentidos. Es por
esto que el elemento subjetivo tiene precisamente su peculiaridad en que ninguna persona
que no sea de la cual se trata su subjetividad puede conocer su contenido exacto.
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- Trujillo [989]
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