Auditoría energética eléctrica en el campamento Palo Verde - Olmos
Date
2021Metadata
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El Proyecto Olmos, II Fase – Irrigación, constituye un nuevo avance de este anhelo
Lambayecano, consistente en derivar 455 Millones de Metros Cúbicos al año del rio
Huancabamba al río Olmos y con este volumen de agua (Determinado por el algoritmo de
distribución de agua entre el Proyecto Olmos y el Proyecto Alto Piura), servirá para irrigar y
poner productivas 38,000 Hectáreas del Valle Nuevo y 4,350 Hectáreas del Valle Viejo,
poniéndolas aptas para producir productos de agro exportación con alto valor agregado.
Para poder realizar estas operaciones industriales debemos de contar con un sistema de
distribución y previamente con un sistema de trasmisión, que permita llegar estos 15 a 18
MW de la manera más eficiente posible.
El Concesionario H2OLMOS, inicialmente asumió todo el contrato de suministro para
otorgar seguridad en el ingreso a COELVISAC, el concesionario en la zona, el cual logró la
concesión después de una larga disputa con ENSA – DISTRILUZ, y contrató un suministro
en media tensión con COELVISAC, para garantizar la inversión a realizar por parte del
concesionario eléctrico de la zona, es decir una especie de contrato con totalizador, del cual
se han ido generando los respectivos contratos de suministro individuales, pero sin tener la
empresa H2OLMOS un medidor propio, originando que asuma las pérdidas de distribución
(Efecto Joule, Efecto Corona, Histéresis entre otros).
La solución planteada en el presente trabajo de investigación es que, de acuerdo a lo
contemplado en la ley de concesiones eléctricas y su respectivo reglamento, es que el
concesionario asuma la titularidad de las líneas en 22.9 KV de tensión nominal y que el
concesionario le pague la inversión en energía y a la vez el concesionario en función de
esta deuda le pague los medidores electrónicos y toda la implementación para medición
directa de los consumos energéticos eléctricos de H2OLMOS.
Esta operación comercial se le efectuará su evaluación de acuerdo a los procedimientos
estandarizados por la ley de concesiones eléctricas de VAN (Valor Actual Neto), que
determina si existe o no utilidad y la magnitud de esta y el procedimiento TIR (Tasa interna
de retorno), que en base a los flujos de caja económico determina la rentabilidad y si esta
supera la rentabilidad determinada por la ley de concesiones eléctricas.
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