Obligación del juez de velar por el cumplimiento de la pena con ejecución suspendida y el pago de la reparación civil en los órganos jurisdiccionales–2019
Fecha
2020Metadatos
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El proyecto de investigación encuentra su génesis en la casi nula acción del juez de
velar por el cumplimento de las reglas de conducta y el pago de la reparación civil en
aquellas sentencias con pena de ejecución suspendida, aunque existen preceptos
legales, artículos establecidos en la norma penal, casaciones, jurisprudencias y
resoluciones administrativas emitidas por el Poder Judicial, donde de manera explícita
determinan que esta función la deben realizar los jueces, es por eso que este proyecto
de investigación pretende dar a conocer cuál es el nivel de correlación existente entre
la obligación del juez de velar por el cumplimiento de la pena con ejecución suspendida
y el pago de la reparación civil y con esto demostrar que el incumplimiento de la
reparación civil, de las reglas de conducta y el periodo de prueba se da porque los
jueces no realizan los actos de control estipulados en la norma, lo que trae como
consecuencia una casi nula recaudación de la reparación civil durante el periodo de
prueba, pese a estar regulados en el artículo 58 del Código Penal como una regla de
conducta exigible. A diferencia del artículo 69 del Código Penal, esta investigación a
modo de aporte busca que el pago de la reparación civil sea cumplida dentro del
periodo de prueba y no cuando el sentenciado haya culminado su pena y solicite la
rehabilitación automática pagado la reparación civil, por otra parte se debe precisar
que esta investigación se realiza bajo los parámetros de una investigación cuantitativa,
procesando la información recolectada mediante el sistema SPSS (Statical Package
Social Sciences) para así poder obtener los resultados que determinan una
correlación, esto se obtendrá luego de contrastarlos con el Baremo de Pearson.
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- Lima Este [1010]