El delito de enriquecimiento ilícito y su enfoque como delito subsidiario en el Distrito Fiscal de Lima Centro - 2020
Fecha
2021Metadatos
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La presente investigación denominada “El delito de enriquecimiento ilícito y su enfoque
como delito subsidiario en el Distrito Fiscal de Lima Centro - 2020”; tuvo como objetivo
analizar qué criterios deben advertir los fiscales al aplicar el delito de enriquecimiento ilícito
regulado en el artículo 401º del Código Penal para que sea considerado como un delito
subsidiario en el Distrito Fiscal de Lima Centro - 2020.
En relación a la metodología empleada en la presente investigación, se advierte que posee
un enfoque cualitativo y de tipo básico, contando con un diseño de teoría fundamentada.
Además, se ha empleado como instrumentos de recolección de datos a la guía de
entrevista y a la guía de análisis documental.
Respecto a la conclusión a la que se arribó fue que, el delito de enriquecimiento ilícito es
aplicado en las investigaciones de forma subsidiaria por parte del personal fiscal, debido a
que este tipo penal en ocasiones proviene de otras actividades ilícitas, tales como el
cohecho en sus distintas modalidades, o en algunos casos se desconoce el delito de
corrupción que conllevó a un enriquecimiento.
Sin embargo, para la aplicación de esta figura delictiva, debe tomarse en cuenta el
incremento desmedido en el patrimonio del funcionario público, es decir deberá existir un
desbalance patrimonial que ha originado un enriquecimiento, lo cual será ilícito por no
haber sido declarado ni mucho menos justificado por el funcionario público.
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