La prueba anticipada en delitos de violación sexual a menores en el segundo juzgado de investigación preparatoria de Rioja, 2019
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2020Metadatos
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Este presente trabajo de investigación tiene como finalidad determinar si en los
procesos de violación sexual nos es efectiva o no la Prueba anticipada efectuada
a los menores en el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Rioja,
2019. El cual nos permitirá determinar la culpabilidad del supuesto agresor, así
verificar si a través de la realización de la entrevista única de cámara Gesell se
protege a la víctima de ser revictimizado en juicio oral. Puesto que es a través
de la declaración del menor de edad brindada en cámara Gesell donde se
establecerá si es prueba suficiente para considerar responsable a una persona
por el hecho denunciado. Teniendo como base que la agraviada brinda una
declaración ordenada en espacio y tiempo sobre la violación sexual sufrida por
el supuesto agresor.
Para esto, la presente se basa en una teoría fundamentada, cuya recolección de
datos fue a través de la entrevista realizada al personal del Modulo Básico Penal
de Justicia correspondiente a la Corte Superior de Justicia de San Martín. De
esto se constituyo un aporte resultado de las entrevistas antes mencionadas
actualizando el contexto actual de la Legislación Peruana. En la Rama del
Derecho Penal, concluyendo así que la Prueba anticipada efectuada a los
menores en el 2° JIP-R es eficaz para determinar la culpabilidad del agresor.
Pero no se considera una como única prueba al momento de sustentar una
sentencia, ya que esta deberá estar fundamentada en hechos reales y pruebas
que así lo ameriten.
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