Control de legalidad de la detención policial en flagrancia delictiva en el Ministerio Público, Lima Norte, 2021
Fecha
2022Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La investigación fue realizada bajo el enfoque cualitativo, tipo básico y diseño
fenomenológico. En el contexto de la problemática asociada a las detenciones
policiales, y sí los fiscales realizan el control de legalidad de dicha medida. El
objetivo fue determinar cuál es el deber del Ministerio Público al tomar conocimiento
de una detención por flagrancia delictiva. Se tuvo como escenario el distrito de
Carabayllo. Como objetivos específicos se planteó determinar cuál es la primera
autoridad que debe efectuar la verificación de la legalidad de la detención en
flagrancia, y sí existe verificación de la legalidad de la detención por parte del
Ministerio Público. Los resultados obtenidos a través de la aplicación de entrevista
y análisis documental, fue que los fiscales comprenden la necesidad de realizar el
control de legalidad de la detención policial en flagrancia delictiva, sin embargo, no
lo realizan. Se obtuvo como conclusión que el Ministerio Público tiene el deber de
realizar el control de legalidad de la detención en flagrancia. Este control debe
efectuarse de oficio desde que se conoce la medida, a fin de cautelar no solo los
derechos fundamentales del afectado, sino también evitar la exclusión de fuentes
de prueba y nulidades procesales.
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- Lima Norte [1193]