El constructo subjetivo de la figura de tentativa y su lesividad contra la impartición de justicia
Fecha
2022Metadatos
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No hay duda de que la figura de tentativa es un texto y un discurso jurídico constituido
por dos constructos: uno objetivo y otro subjetivo. El constructo subjetivo al ser un
fenómeno recreado por la inventiva humana es inaccesible por la simple observación o
el razonamiento. Entonces, ¿cómo describirla y cuantificarla? Por estas razones la
tentativa como proceso inconcluso de una conducta ilícita penal comporta un escollo
en contra de la impartición de justicia. De modo que, para el investigador, esta figura
jurídica constituye un delito en sí misma. Por lo tanto, se considera que debe ser
castigada en concordancia con el bien jurídico que haya amenazado y no conforme a
las aproximaciones de los hechos en contra del bien tutelado ni mucho menos basado
en el criterio de magistrados cuyos razonamientos están contaminados por la
subjetividad de sus conjeturas. Dicho de otro modo, la tentativa debe ser sancionado
no por sus efectos sino en proporción al valor del bien jurídico que haya sido
amenazado, de la forma en que fue intentado y en concordancia con otros
presupuestos como los medios utilizados y la habitualidad del que intentó.
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- Lima Norte [1198]