Estándar probatorio del arraigo en las decisiones sobre prisión preventiva en la Sala Penal Especial, 2019-2021
Date
2022Metadata
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En la presente investigación se analizaron las decisiones emitidas por la Primera
Sala Penal de la Corte Superior de Justicia Penal Especializada en el periodo
2019-2021, centrando el objetivo en el estándar probatorio que ha adoptado esta
sala superior, para considerar acreditado o no el arraigo del imputado en el país,
en aquellas las resoluciones relacionadas con pedidos de prisión preventiva.
Fundamentalmente se centró en el análisis del arraigo que constituye una de las
categorías requeridas a fin de verificar sí el imputado representa o no peligro de
fuga, considerando que nos encontramos ante un factor esencial, habida cuenta
que se ha prestado mayor atención a la apariencia del derecho o la alta
probabilidad de que el imputado haya cometido el ilícito por el que se le investiga.
El tratamiento del arraigo, por tanto, constituye junto con las evidencias o indicios
de fuga, ocultamiento u obstaculización, los factores determinantes de una
prisión preventiva, por lo que merecen una evaluación exhaustiva y objetiva, a
fin de evitar se disponga la prisión preventiva de manera arbitraria, para ello, los
estándares probatorios nos ofrecen un baremo a seguir.
Por tanto, en la presente investigación, fue necesario, mediante el método de
análisis de datos, examinar los fundamentos de hecho y derecho relativas al
arraigo del imputado en el país que se han considerado en las resoluciones
emitidas, y a partir de la evaluación de los argumentos expresados en las
resoluciones objeto de investigación, se identificó las menciones expresas o
implícitas sobre al estándar probatorio que sobre el arraigo ha efectuado la
Primera Sala Penal, considerando los criterios expresados en el numeral 1 del
artículo 269 del Código Procesal Penal, para luego, mediante método inductivo
identificar el estándar probatorio acogido en sus decisiones.
De esa manera, del análisis documental y de las entrevistas, se pudo advertir
que no se ha efectuado una mención expresa al estándar probatorio acogido,
pero que, del análisis de las decisiones, se verificó que, en la gran mayoría de
resoluciones, no acogen ninguno de los estándares propuestos por la Corte
Suprema en el Acuerdo Plenario 01-2019/CIJ-116, sino que se decantan por la
prueba prevaleciente o preponderante, esto es, que se han decantado por el
mayor convencimiento o peso que ha tenido el peligro de fuga sobre el arraigo o
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viceversa; aunque en algunos casos, se han emitido valoraciones distintas para
los mismos factores advirtiéndose en estos casos, arribando por tanto, a
conclusiones diferentes, lo que hace necesario se fije un estándar determinado
a fin de evitar decisiones contradictorias; así también se observa una inversión
de la carga probatoria al imputado sobre la calidad de su arraigo, y cuando no
ha cumplido con ésta carga, ha ocurrido que en casi en más de los dos tercios
de casos, se ha dictado la prisión preventiva.
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