El derecho de no discriminación y la tipificación de delitos por ciberdelincuencia en la social media, Perú 2020
Fecha
2020Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
En la investigación se visualizó una problemática respecto a la no aplicación de
la normativa internacional sobre los delitos informáticos en la protección del bien
jurídico protegido de la no discriminación, al no encontrarse legislados los delitos
por Ciberdiscriminación en la Ley de delitos informáticos vigente, como el
Ciberbullying, Ciberacoso, xenofobia informática, que se dan en la social media.
La metodología que se usó respecto al tipo por enfoque, es el cualitativo,
asimismo el tipo por la finalidad es el tipo básica, sobre la técnica usada es la
entrevista y su respectivo instrumento la guía de entrevista, además el diseño
fue el diseño fenomenológico. Siendo así posterior a los resultados se concluye
que; el derecho de no discriminación implicó a la tipificación de delitos por
ciberdelincuencia en la social media de forma justificada, configurándose este
derecho como un bien jurídico protegido para la tipificación de los delitos
informáticos específicos de Ciberdiscriminación que actualmente no están
legislados, lo cual es de obligatoria implementación y legislación por la
ratificación de Perú al Convenio de Budapest y su protocolo, estando esto
fundamentado por la cuarta disposición final y transitoria de la Carta Magna
vigente.
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