Modificación del artículo IV numeral 1.16 del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, respecto al Principio de Privilegio de Controles Posteriores, en los procedimientos administrativos de la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Fecha
2012Metadatos
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La tesis planteada, nos acercará a un principio del procedimiento administrativo,
el cual adquiere protagonismo en la Oficina de Fiscalización Posterior de la
Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, se hace referencia al Principio de Privilegio de Controles
Posteriores, citado en el numeral 1.16 del artículo IV del Título Preliminar de la
Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, el cual se consolida
como Fiscalización Posterior.
Más allá de ahondar, de una manera general, el procedimiento administrativo, el
presente trabajo aborda el protagonismo de este principio partiendo de su
aplicación y participación en los procedimientos administrativos que han sido
llevados a la Dirección General de Transporte Terrestre, y que por un sorteo
aleatorio, fueron trasladados a la Oficina de Fiscalización Posterior, y de éstos los
que terminaron en nulidad luego su aplicación.
Uno de los fines, es conocer si es que realmente su aplicación otorga seguridad
jurídica, o si, es necesario que su aplicación sea más extensa, y discurra sobre
todos los procedimientos administrativos realizados, en este caso, dentro del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
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- Lima Norte [3938]
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