Incorporar la tenencia de animales de compañía en la Ley 30407 por separación de propietarios por sentencia judicial de divorcio
Date
2022Metadata
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En nuestra sociedad los animales son, en general, cosas o bienes muebles, esto
conlleva a un análisis legal de la escencia de los animales que es diversa a la
escencia de las cosas, a causa de la falta de evolución jurídica que presenta nuestro
país referido a los animales de compañía es que existen vacíos en favor de ellos,
esto se refleja en la relación hombre - animal el cual debe tener otro criterio y ser
calificada con la de ser sensible tal que los criterios y atribuciones han de ser
ejercitados atendiendo el fin supremo de la mascota. Existe un vacío legal de
desprotección de los animales de compañía que nuestra legislación no ha previsto
analizarlo desde una verdadera perspectiva de la naturaleza de los animales, por
ejemplo, que sucede cuando existen crisis matrimoniales y a consecuencia de ello
los divorcios, la separación de hecho o abandono de hogar, en que condición
quedan las mascotas, quien vela por su bienestar y protección al existir durante
todo el proceso de crisis un contexto de violencia y agresiones, nuestra ley 30407,
no presenta una implementación de la tenencia de los animales en estos casos
particulares. El objetivo de esta investigación es implementar y establecer la
tenencia de los animales de compañía adecuando la verdadera naturaleza de las
mismas a la escencia de vivir en pareja o las crisis matrimoniales. Utilizaremos el
método de investigación cualitativa, concluyendo que es necesario una
incorporación en la ley 30407 referido a la tenencia de los seres sensibles de
compañía en estos casos en particular.
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- Callao [215]