Vulneración del derecho al hijo menor del cónyuge de una familia ensamblada al no obtener el beneficio al seguro social de salud del padre o de la madre afín
Date
2018Metadata
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El presente trabajo de investigación sobre “ vulneración del derecho al hijo
menor del cónyuge de una familia ensamblada al no obtener el beneficio al
seguro social de salud del padre o de la madre afín” ha tenido como objetivo
analizar si le corresponde o no al o los menores de edad que conforman una
familia ensamblada el otorgamiento del beneficio al seguro social de salud por
parte del padre o de la madre afín en los supuestos de fallecimiento del padre
biológico y extinción de la patria potestad; por lo que se ha realizado la aplicación
de la herramienta metodológica cualitativa porque se requiere recolectar datos,
información que ayuden a esclarecer este problema planteado . De lo antes dicho
se ha usado la técnica de entrevistas, y análisis documental y que a través del
instrumento de guía de entrevistas se ha podido recolectar información de tres
especialistas del derecho laboral quienes de manera asertiva nos dan la razón a
nuestra investigación acotando que es una necesidad que requiere que los
menores de edad que integran una familia ensamblada obtengan este beneficio.
De la misma forma se pudo recolectar a través de instrumento de ficha de análisis
de documentos de la sentencia jurisprudencial de Colombia lo que ha permitido
realizar de esta manera una demostración de la descripción de la realidad del
derecho de igualdad, protección del estado que tienen los menores de edad que
conforman esta familia ensamblada, con el otorgamiento al seguro social de salud
del padre o de la madre afín en el derecho comparado.
Finalmente Se ha podido concluir que los menores de edad que integran una
familia ensamblada tienen igualdad de derechos, protección integral de la familia
y por principio del interés superior del niño; mismos derechos que tienen los
integrantes que conforman una familia tradicional; pues así lo establece la
constitución política del Perú de 1993; de tal manera que, no es posible imponer
la ausencia del beneficio al seguro social de salud porque se está atentado con
los derechos de estos menores.
Se Hace una serie de recomendaciones al Estado para que tenga en cuenta que
estamos ante una ausencia legal tanto Constitucional como leyes especiales, del
tema de menores de edad que conforman una familia ensamblada al referirse al
otorgamiento al beneficio al seguro social de salud del padre o de la madre afín en los supuestos de fallecimiento del padre biológico y extinción de la patria
potestad.
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- Trujillo [989]
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