La lesión al principio de legalidad en el Acuerdo Plenario 1- 2016/CJ-116 respecto a la determinación del sujeto activo en el delito de feminicidio
Fecha
2021Metadatos
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La presente tesis titulada “La lesión al principio de legalidad en el Acuerdo Plenario
1-2016/CJ-116 respecto a la determinación del sujeto activo en el delito de
feminicidio”, cuyo objetivo general fue determinar si el Acuerdo Plenario 01-
2016/CJ-116 al señalar que solo los hombres pueden ser sujetos activos del delito
de feminicidio, lesiona el principio de legalidad, como objetivos específicos tenemos
i) Determinar quiénes pueden ser sujetos activos del delito de feminicidio, según la
interpretación literal de la ley, ii) Determinar si la violencia de género, la violencia
por su condición de tal y el machismo, son equivalentes y iii) Determinar si los actos
de violencia de género contra la mujer solo pueden ser cometidos por hombres. La
investigación es básica, cualitativa, no experimental, trasversal exploratoria. Los
resultados fueron: i) la interpretación literal del Acuerdo Plenario indica que el sujeto
activo es universal, ii) la violencia contra la mujer por su condición de tal y la
violencia por género es lo mismo y iii) no solo el hombre puede ejercer violencia de
género. Como conclusión, se obtuvo que ambos pueden ejercer violencia de
género, consecuentemente, el que una mujer ejerza violencia de género no es
fácticamente imposible por ende es factible de penalización
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- Trujillo [991]