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dc.contributor.advisorDe La Cruz Mallaupoma, Luis
dc.contributor.authorCamargo Ninatanta, Milagros Maggi
dc.date.accessioned2023-08-28T22:49:35Z
dc.date.available2023-08-28T22:49:35Z
dc.date.issued2014
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12692/120548
dc.description.abstractEl presente Trabajo contiene el informe de la investigación del tema denominado "OBLIGATORIEDAD DE LA INTERVENCION DEL PSICOLOGO EN LA AUDIENCIA DE BENEFICIOS PENITENCIARIOS DE SEMI-LIBERTAD Y LIBERACION-CONDICIONAL." el cua l constituyo una semilla de estudio para dar solución eficaz, en la concesión de estos beneficios indicados en nuestro Código de Ejecución Penal. El objetivo de mi investigación fue conocer a que se debía el alto índice de resoluciones judiciales decla rando improcedente las solicitudes de los beneficios Penitenciarios de Semi-Libertad y Liberación-Condicional regulados en nuestro Código de Ejecución Penal, los criterios aplicados por los operadores de justicia, considerando el cumplimiento de los requisitos y evaluación objetiva ­ racional por parte de nuestros operadores jurídicos establecidos por la Ley, quien verificara si el solicitante ha cumplido con el tratamiento penit enciario, encontrándose dentro de este uno de los más importantes informes, como es el informe psicológico. Para co nocer cuáles son los criterios que asumen los magistrados al declarar improcedente la so licitud de Beneficios Penitenciarios, para ello se tomó como población y muestra de estudio el 8º juzgado y 12º juzgado de reos en cárcel del distrito judicial de lima-Norte du ra nte el periodo de Enero a Julio del 2013. Considero que el t ema de investigación es de suma trascendencia, por cuanto en nuestro país, es muy preocupante el nivel de sobre población que se vive en las cárceles, provocado por el alto índice de resoluciones judiciales denegatorias respecto de los Beneficios Penitenciarios de Semi-libertad y Liberación-Condiciona l, que en muchos casos se debe a una explicación carente, por parte del representante del órgano técnico, además del pre-juzgamiento de que el interno va a seguir contraviniendo las leyes, ent onces podríamos decir que las resoluciones administrativas como la del Poder Judicial y la Resolución de la Fiscalía de la Nación, además de la sociedad y política, estas no estuvieron basados en criterios objetivos, ya que hubo intromisión en la potestad de los adm inistradores de justicia respecto de su decisión, ya que mediante los cuales se fijan criterios, para estas instituciones. Además de esto se intensifica esta problemática con factores como el co ntenido y estructura del informe psicológico y como mencionamos líneas arriba, la no obligatoriedad del psicólogo que es la persona más idónea para explicar tal informe al operario de justicia, quien puede debido a esto tener mayor amplitud y co nocimiento del grado de readaptación del reo. La siguiente investigación ha tenido en cuenta que la explicación del informe psicológico es la real situación de progreso en el interno y en qué grado de rehabilitación o readaptación se encuentra. Lo que va en contraposición con los criterios extra jurisdiccionales de los operadores jurídicos, situación que se puede solucionar con la presencia obligatoria del psicólogo en la audiencia de beneficios penitenciarios a fin de que pueda explicar de forma detallada el informe psicológico y que los operadores jurídicos no atiendan estas so licitudes bajo ninguna presión social y/o política, mucho menos con circulares que lo único que logran es entrometerse en las decisiones que so lo le competen a los operadores de justicia, bajo la experiencia y una evaluación sin pre-juzgamiento que ellos realicen en audiencia, ya que cada caso es distinto.es_PE
dc.description.uriTesises_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad César Vallejoes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/embargoedAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/es_PE
dc.sourceRepositorio Institucional - UCVes_PE
dc.sourceUniversidad César Vallejoes_PE
dc.subjectBeneficios penitenciarioses_PE
dc.subjectIntervención del psicólogoes_PE
dc.subjectLibertad condicionales_PE
dc.titleObligatoriedad de la intervención del psicólogo en la audiencia de beneficios penitenciarios de semi­ libertad y liberación-condicionales_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad César Vallejo. Facultad de Derecho y Humanidadeses_PE
thesis.degree.nameAbogadaes_PE
dc.description.sedeLima Nortees_PE
dc.description.escuelaEscuela de Derechoes_PE
dc.description.lineadeinvestigacionDerecho Penal, Procesal Penal, Sistema de Penas, Causas y Formas del Fenómeno Criminales_PE
renati.advisor.dni08903794
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0002-9817-7466es_PE
renati.author.dni46240537
renati.discipline421016es_PE
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_PE
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#tesises_PE
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_PE
dc.publisher.countryPEes_PE
dc.description.ligDerecho público y privadoes_PE
dc.description.rsuFortalecimiento de la democracia, ciudadanía y cultura de pazes_PE
dc.description.odsPaz, justicia e instituciones sólidases_PE


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