Propuesta modificatoria del Art. 333 Inc.12 del Código Civil sobre el plazo ininterrumpido de dos años de Separación de Hecho, en cónyuges sin hijos
Fecha
2022Metadatos
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La presente investigación tiene como finalidad evidenciar los problemas de esta
realidad que se presentan en la provincia de Camaná; se tiene como objetivo
General de esta investigación: determinar por qué se debe reducir el plazo de dos
años en el Art. 333 Inc. 12 del Código Civil, sobre la causal de separación de hecho,
en parejas sin hijos; el método utilizado es un enfoque cualitativo de tipo básica, con
un diseño fenomenológico , se utilizó la técnica de entrevista, como herramienta la
guía de entrevista a profundidad semi - estructurada por cuanto nos conducirán por
medio de una estrategia alcanzar los resultados de esta investigación.
Llegando a la conclusión lo siguiente: se ha demostrado que la disminución
del periodo establecido en el artículo 333 inc. 12 del C.C., que indica sobre la
separación de hecho de los cónyuges durante un periodo ininterrumpido de dos 2
años como mínimo en parejas sin hijos, puede disminuirse hasta el plazo de un año
ya que se vulnera la autonomía de la voluntad de las partes y el libre desarrollo de la
personalidad, logrando de esta manera que la persona que quiera rehacer su vida
tenga la oportunidad de legalizar, formalizar y continuar con su proyecto de vida, ante
la sociedad.
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