La ficha de valoración de riesgo y vulneración a la debida motivación al dictar medidas de protección, Tacna - 2022.
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2022Metadatos
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La investigación tuvo como objetivo establecer si la valoración de la Ficha de
Valoración de Riesgo por el órgano jurisdiccional para otorgar las medidas de
protección vulnera el derecho a la debida motivación en los procesos de violencia
contra la mujer, Tacna 2022. Para ello, se desarrolló una investigación de tipo
básica, dentro del enfoque cualitativo y recopiló datos a partir de la teoría
fundamentada. La investigación entrevistó a 21 operadores de derecho con
experiencia en denuncias de violencia contra la mujer y especialidad en Derecho
Constitucional a quienes se les aplicó una guía semiestructurada. La investigación
concluyó que la valoración de la Ficha de Valoración de Riesgo por el órgano
jurisdiccional para otorgar las medidas de protección sí vulnera el derecho a la
debida motivación en los procesos de violencia contra la mujer. Se halló que las
Fichas de Valoración de Riesgo son subjetivas y no presenta razones corroboradas
para sustentar una sentencia motivada de medidas de protección por lo que se
emiten vulnerando los derechos constitucionales de los denunciado. Asimos, se
concluyó que en la Ficha de Valoración de Riesgo no existen hechos objetivos,
acreditados ni justificaciones objetivas que pueda ser valoradas por el órgano
jurisdiccional para otorgar las medidas de protección y únicamente contiene la
percepción subjetiva de la víctima y el efectivo policial sobre la que el juzgado no
debería sustentar la emisión de medidas de protección
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