Consentimiento del otro cónyuge para renunciar a una herencia, legado o dejar aceptación de una donación
Fecha
2022Metadatos
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La tesis presentada, tiene como objetivo general analizar en qué medida es
necesario el consentimiento del otro cónyuge para renunciar a una herencia, legado
o donación, según lo previsto en el art 304 del Código Civil. El diseño es no
experimental; la muestra está compuesta por 69 Abogados inscritos en el ICAL, 7
Jueces Especialistas en Materia Civil y 4 Notarios, el muestreo es no
probabilístico selectivo por conveniencia.
Para la obtención de información se empleó la técnica de encuesta, a través del
instrumentó que es el cuestionario para obtener los resultados de la tabla y figura N°
10, se observó que el 90% de encuestados precisan que debe modificarse el art 304
del Código Civil a fin de que el cónyuge beneficiario con la herencia, legado o donación
renuncie a estos bienes sin el consentimiento del otro cónyuge ya que los bienes a
recibir son bienes propios y el 10% manifiestan que no debe de modificarle dicho
artículo.
Finalmente, lo regulado en el art 304 del Código Civil, resulta contradictorio y limitativo
ya que estos son bienes en rechazo son propios según lo regulado en el art 302,
atentando contra la autonomía de la voluntad de los cónyuges.
Colecciones
- Chiclayo [392]