Ineficacia de Ley 27596 que regula el régimen jurídico de canes y derecho a la integridad física de las personas
Fecha
2023Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El comportamiento dañoso de caninos potencialmente peligrosos es sin duda uno
de los problemas que ocurren de forma continua en nuestra sociedad; al respecto,
se han evidenciado innumerables circunstancias en los que la intuición canina ha
causado daños en la integridad física, psíquica y/o económica de algunas personas.
Este tipo de casos requiere, entonces, una mirada sobre la responsabilidad de los
propietarios de canes que logren ocasionar perjuicios y asimismo sobre las medidas
de prevención de este tipo de conductas para la seguridad.
La presente tesis se realizó con el objetivo de poder determinar cuáles son las
causas de la ineficacia de la Ley 27596 que regula el régimen jurídico de canes
potencialmente peligrosos. Surge por ello una problemática encontrada referente a
la falta de responsabilidad por parte de los propietarios de canes peligrosos ante
los daños ocasionados por los mismos, lo cual genera impunidad y el agravio sin
reparación debido al desconocimiento de la crianza de canes peligrosos, la mala
educación, el mal adiestramiento y la irresponsabilidad del dueño del can al no
tomar las precauciones necesarias para evitar ataques y/o la ignorancia de las
características morfológicas y etológicas del animal.
El tipo de estudio de esta investigación corresponde al enfoque cualitativo de tipo
básico y diseño de teoría fundamentada, sobre la población de estudio de este
trabajo de investigación está conformada por abogados que conocen el problema
existente en la presente investigación.
Por lo que se concluye que la causa que genera la ineficacia de la Ley 27596 es la
poca difusión de esta ley a la población, se propone mejorar y modificar el artículo
6° de la Ley de régimen jurídico de canes de ese modo se les asigne de forma
expresa responsabilidad a las personas jurídicas o naturales que practiquen la
comercialización de canes potencialmente peligrosos; así mismo se señala que, en
la legislación nacional en materia penal, no hay desarrollo en cuanto a la
responsabilidad del propietario o poseedor del animal. Por observación de campo
no se ha podido comprobar que el sujeto activo del delito utilice al animal como
arma o instrumento para lesiones en perjuicio de la integridad física, sin embargo,
se recomienda tipificar la responsabilidad del dueño por posesión irresponsable con
el perjuicio de la víctima, por lo tanto se recomienda incorporar dentro del Código
Penal Título I, Delitos contra el cuerpo y la salud, Capítulo III Lesiones, dentro de la
modalidad de lesiones culposas, presentándose la sub modalidad ARTÍCULO 124C
lesiones culposas derivadas de mordeduras caninas reiterativas.
Finalmente se hizo una comparación con la Legislación extranjera y se pudo observar
que algunos países los requisitos para adquirir y comercializar estos canes potencialmente
peligrosos son más estrictos.
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