Facultad del control difuso por la administración pública, frente a los Principios de Legalidad y Seguridad Jurídica
Fecha
2022Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El control difuso de la constitucionalidad ha sido objeto de un debate extenso en
nuestro país y en países de Latinoamérica, el Tribunal Constitucional Peruano el
año 2005 emitió una sentencia donde facultaba a los órganos administrativos para
ejercer el control difuso dentro de los parámetros establecidos, dicha sentencia
significó un debate doctrinario sobre la facultad de ejercicio del control difuso, ya
que de acuerdo al Artículo 138° de la Constitución los facultados para ello son
magistrados a través de sus órganos jerárquicos. Debido a la importancia del
pronunciamiento del colegiado, es prescindible determinar el alcance de la facultad
del control difuso y dónde recae la facultad de su ejercicio.
Colecciones
- Piura [839]