La separación de hecho como exclusión sucesoria conyugal, un análisis a partir del derecho de familia y sucesiones
Fecha
2013Metadatos
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La separación de hecho es la constatación fehaciente que debe hacer el
juzgador a fin de acreditar que los cónyuges han optado en los hechos por
apartarse el uno del otro, dejando de lado el deber material de la convivencia y
de la vida en común.
La presente investigación tiene como finalidad regular la separación de
hecho como una causal de exclusión sucesoria conyugal ya que actualmente se
ven muchos casos donde el cónyuge reaparece después de tanto tiempo de
haber estado separado con la única finalidad de reclamar sus derechos
sucesorios "herencia". Lo correcto sería que una vez producida la separación de
hecho de los cónyuges, el causante de la separación no pueda beneficiarse y no
recibir la herencia del causante.
Nuestro Código Civil, tiene muchas contradicciones en lo que respecta al
tema sucesorio, por lo que, recientemente ha entrado en vigencia la Ley Nº
30007, promulgada el 25 de marzo del 2013, la misma que ha modificado ciertos
artículos de Código Civil a fin de reconocer derechos sucesorios entre los
miembros de uniones de hecho.
Finalmente, puedo decir que ya se le están otorgando ciertos derechos a
la concubina, pero éstos solo se producen cuando es un hombre y una mujer
libre de impedimento, por lo que sería conveniente que se regule la separación
de hecho como una causal de exclusión sucesoria conyugal.
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