Causales para procedencia de indemnización de bienes en la cobertura del seguro marítimo en la legislación peruana
Date
2014Metadata
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Los sobresalientes avances de las importaciones y exportaciones, teniendo como resultado un
crecimiento en la economía nacional, el compromiso y la responsabilidad como
instrumentalización jurídica en la protección de los derechos de los sujetos involucrados y sus
Obligaciones entre el asegurador y el asegurado, sobre las causales para procedencia de
indemnización de bienes asegurados en la cobertura del seguro marítimo en la legislación
peruana; como se origino el seguro en el tiempo; como se origina la protección de daños por
abordaje (accidentes); y de lo limitado que fue en sus inicios a ciertas actividades del comercio
marítimo, primando la idea de que solo podría cubrir los daños originados por eventos
imprevisibles y además ajenos a la voluntad del asegurado.
Conforme a lo anterior, es una aseveración que los seguros nacen o se entienden como formas de
solidaridad y previsión a fin de amortiguar catástrofes o pérdidas. El hombre, con el objeto de
evitar los efectos lesivos de hechos que pudieran afectar su supervivencia o su desarrollo
económico, creo los medios necesarios para ello, siendo estos de prevención; vale decir,
adoptando los resguardos necesarios para evitar un hecho dañoso; y la previsión, consistente en
acumular recursos para hacer frente económicamente a los perjuicios que le pudieran acontecer.
Pero, con el auge del industrialismo y como resultado del crecimiento económico, han surgido
mayores riesgos que hacen muy onerosas las medidas de prevención, a veces hasta quizás
imposibles, como por ejemplo, en "Daños Ecológicos Marítimos" y "Riesgos Especiales
Marítimos". Aparece como más racional el sistema de la previsión vía los denominados "Seguros
Marítimos", y por ello que cobra fuerza el problema de la responsabilidad por parte del
asegurado, que esta en la obligación de prevenir los posibles siniestros.
Es por ello, el hombre busca medios alternativos a la provisión de fondos o ahorro a fin de un
prevenir y cubrir con la cobertura del seguro un evento dañoso, debiendo para tal efecto pagar
para gozar de la cobertura que le ampare en el caso de producirse el daño indeterminado.
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- Lima Norte [4015]