El principio del interés superior del niño y adolescente frente al síndrome de alienación parenteal, en el segundo juzgado de familia de Lima Norte - 2014
Fecha
2015Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El actual escenario de crecientes casos de síndrome de alienación parental en los procesos
de tenencia en agravio de los menores de edad, demanda la asunción de un nuevo rol de la
prevención y protección de los derechos de los niños (as) y adolescentes, salvaguardando el
vínculo familiar no separándoles de sus progenitores.
Está claro que vivimos actualmente en lo que se denomina una sociedad insegura e
injusta, donde la familia se ha visto afectada, variada en su composición y fines, la aparición de
esta nueva institución del síndrome de alienación parental, que no es controlado y regulado
debidamente por nuestra legislación nacional, del cual veremos que en 10 años sufrirá cambios
radicales si no hacemos algo al respecto. Desde esta perspectiva el estudio al Principio del Interés
Superior del Niño y Adolescente frente al síndrome de alienación parental, en el Segundo Juzgado
de Familia de Lima Norte - 2014 debe ser un tema primordial para los juristas y la sociedad.
Por tanto, analizamos nuestra legislación peruana acerca de los intereses, derechos y
expectativas del menor que se ven vulnerados por la presencia del síndrome de alienación
parental; en orden a ello se puede vincular a la sociedad debido a las frecuentes demandas de
tenencia por resolver, un fenómeno donde nuestra normatividad se ha visto insuficiente; puesto
que se aísla a los padres de los hijos, obstruyendo el vínculo familiar y no se garantiza
adecuadamente el Principio del Interés Superior del Niño y Adolescente.
De ahí que nuestra reflexión apunta en especial a tratar de fundamentar la justificación
desde la perspectiva de la prevención general, el de recomendar que se establezcan una
institución especializada independientemente del poder judicial para que fiscalice y supervise los
procesos de tenencia frente al síndrome de alienación parental en el Segundo Juzgado de Familia
de Lima Norte y para todos los demás juzgados de nuestro país. Asimismo se recomienda crear
un centro de rehabilitación y apoyo psicológico para el progenitor alienante, donde al mismo
tiempo reciba las visitas de su hijo y no se vea afectado el vínculo familiar entre ellos. También es
necesario aplicar medidas sancionadoras al progenitor alienante; para que así se garantice la
protección constitucional al Principio del Interés Superior del Niño y Adolescente y salvaguardar la
consolidación del vínculo familiar.
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