El debido procedimiento en la prescripción adquisitiva notarial
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2011Metadatos
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La Prescripción Adquisitiva de Dominio es una institución por medio de la
cual un poseedor que se ha comportado como propietario, cumpliendo con
todas las características y con el plazo estipulado en la ley, adquiriere el dominio
de un bien, generando de esta manera que una simple apariencia se consolide y
sea reconocida como una situación jurídica. Para lograr lo anterior es necesarioque
el poseedor inicie un proceso para que se declare la adquisición de
propiedad a su favor, y que el mismo constituya mérito suficiente para inscribir
su derecho en el Registro de Propiedad y se anule de esta manera el asiento en
el cual corría inscrito el título de dominio anterior (bienes inscritos).
Con la entrada en vigencia de la Ley N° 27157 se facultó a los notarios
para tramitar simplíficadamente como un asunto no contencioso, el
procedimiento de Prescripción Adquisitiva de dominio, ello constituyó un hecho
novedoso tanto para el notariado nacional como para todo el notariado latino, en
el cual no existía hasta ese entonces un antecedente de ese tipo. El presente
trabajo tiene por objetivo determinar la naturaleza del procedimiento de
prescripción adquisitiva, así como analizar las facultades y diligencias que
realiza el Juez durante el proceso, en comparación con las actuaciones que.
lleva a cabo el notario. Posteriormente, todo ello en conjunto servirá para
determinar si durante el trámite notarial de prescripción adquisitiva como asunto
no contencioso, se garantiza un debido procedimiento para el “propietario” del
predio a prescribir, sin que a este último se le vulnere su derecho de defensa, y
para que el resultado de dicha declaración sea en efecto la consolidación de una
situación de hecho como jurídica.
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