La Ordenanza Municipal N.º 003-2008 de la Municipalidad Provincial de Trujillo y la vulneración del principio non bis in ídem, 2020-2021
Fecha
2023Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El presente estudio, tuvo como objetivo general, demostrar que la aplicación de la
Ordenanza Municipal N.º 003-2008-MPT vulnera el principio non bis in ídem.
Asimismo, presentó una investigación básica, cualitativa, con diseño no
experimental, empleando el método de teoría fundamentada. Unido a ello, se
empleó como técnicas de recolección de datos, el análisis documental y la
entrevista, siendo los instrumentos: la guía de análisis documental y la guía de
entrevista, respectivamente.
Se obtuvo como resultados que el principio non bis in ídem presenta una parte
material que se encuentra estructura por los elementos de la triple identidad: sujeto,
hecho y fundamento; los mismos que deben ser observados y considerados en el
proceso administrativo sancionador iniciado sobre la base del cuerpo legal
estudiado.
Se concluyó que la aplicación de la OM Nº 003-2008-MPT vulnera el principio non
bis in ídem, debido a que al final del proceso administrativo sancionador al
administrado se le aplica dos sanciones de manera simultánea: una sanción
pecuniaria y no pecuniaria, pese a identificarse al mismo hecho, sujeto y
fundamento, por lo que debe ser derogada o en su defecto modificada.
Colecciones
- Trujillo [994]