La facultad de control difuso en la administración pública y la vulneración al principio de legalidad y seguridad jurídica
Fecha
2011Metadatos
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El propósito de este trabajo es determinar si los órganos y tribunales administrativos pueden ser depositarios del control difuso de la constitucionalidad de las leyes. Para ello se establecieron los siguientes objetivos específicos: a) comprobar si los mecanismos utilizados para aplicar el control difuso en la administración pública consignados en la sentencia del tribunal constitucional Nº 3471-2004-AA/TC, son los más viables y adecuados para su aplicación; b) determinar la vulneración a la Seguridad Jurídica en la aplicación del Control Difuso en los actos administrativos en sede administrativa.
La metodología empleada fue de carácter cualitativo, se utilizó el método dogmatico y exegético para la revisión de doctrina y normas constitucionales respectivamente. El nivel de análisis de estudio fue concebido dentro de la modalidad de investigación documental y bibliográfica, tomando en consideración la lectura de textos y leyes nacionales y extranjeras y de la jurisprudencia nacional, asi como también, el análisis de las principales fuentes bibliográficas, legislativas y jurisprudenciales nacionales y extranjeras que regulan la materia, como producto de la consulta, se generaron las siguientes conclusiones: a) La Administración Pública está sujeta al principio de legalidad, y por tanto no puede actuar fuera de las facultades que la ley expresamente le confiere; b) Los órganos administrativos no han sido dotados de las garantías y poderes que se conceden al Poder Judicial; c) Los órganos administrativos no han sido dotados de las garantías y poderes que se conceden al Poder Judicial; d) El control Difuso a cargo de los funcionarios públicos no está regulado por la Constitución Política del Estado.
Como recomendación establecemos como mecanismo de solución la elevación a consulta de los incidentes, así también la reforma del artículo 138 de la Constitución donde se establezca literalmente las facultades de las que goza la Administración Publica, para evitar de esta manera, interpretaciones erróneas de la norma.
Se debe tener en cuenta la importancia del presente trabajo ya que recoge una apreciación que ayudaría al entendimiento de la norma constitucional y de las facultades que posee la administración publica.
Así estaríamos contribuyendo a determinar si el Control difuso pude ser facultad de la Administración Publica y si con ello se estaría vulnerando el principio de legalidad y Seguridad Jurídica
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