La represión de actos lesivos homogéneos en el proceso de amparo ante el incumplimiento de las sentencias del tribunal constitucional
Fecha
2012Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El presente trabajo de Investigación bajo el título: “La Represión de actos Lesivos
homogéneos en el Proceso de Amparo ante el incumplimiento de las sentencias del
Tribunal Constitucional”, tiene como función principal analizar la doctrina, así como la
jurisprudencia y legislación comparada respecto al procedimiento. Habiendo seguido los
pasos más importantes de la investigación y, sobre todo, habiendo efectuado el análisis de
los documentos bibliográficos, de la doctrina, de la jurisprudencia, nacional y comparada,
y de la legislación, nacional y comparada, se ha podido esclarecer los principales criterios
que se deben de tener en cuenta para determinar este instrumento procesal constitucional
en los procesos de amparo, con la finalidad de garantizar la vigencia efectiva de los
derechos fundamentales. Este trabajo, busca, entonces, contribuir a una toma de decisión
estatal en ese sentido, para cuyo propósito hemos estudiado el tema comenzando por
conceptos generales del proceso Constitucional Peruano, el Proceso de Amparo, los
Principios rectores, así como la Sentencia Constitucional y la tutela de los derechos
fundamentales, pasando por el análisis del actual del procedimiento de la represión de
actos lesivos homogéneos en el proceso de amparo ante el incumplimiento de las
sentencias del Tribunal Constitucional, como objeto principal de nuestro estudio. Así
mismo, realizamos una aproximación al manejo y conocimiento de dicho procedimiento en
sede jurisprudencial. En efecto, como contribución a ese propósito de poder garantizar la
vigencia efectiva de los derechos fundamentales, el Código Procesal Constitucional, ha
puesto al alcance de Operadores Jurídicos y Justiciables, una valiosa herramienta procesal
que apunta a dar tutela jurisdiccional urgente, rápida y oportuna más no tardía y engorrosa.
Es decir, la posibilidad de atender cuando sea útil para el justiciable y no después, cuando
todo se haya consumado. Finalmente, presentamos las conclusiones de este trabajo y el
aporte legal respectivo, que representa el resultado de este esfuerzo de investigación
Colecciones
- Piura [866]