Beneficios del lenguaje de señas en la materialización del derecho a la educación de la población peruana no oyente ,2023
Fecha
2023Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La presente pesquisa ha tenido como objetivo conocer los beneficios del lenguaje
de señas en la materialización del derecho a la educación de la población peruana
no oyente.
En cuanto al aspecto metodológico, el tipo investigación se sostuvo en ser Básica;
acorde a la interpretación del estudio realizado, siendo a su vez de manera
descriptiva; para llegar a tener un enfoque cualitativo; que, según su unidad de
estudio, se trabajó con individuos; conjuntamente con el diseño de investigación
resguardado por una teoría fundamentada. En ese sentido, se obtuvo como
principales resultados que los beneficios del lenguaje de señas en lamaterialización
del derecho a la educación de la población peruana no oyente son diversos y
rotundos; a su vez , de que no hay una materialización de las políticas públicas
centradas en la educación de las personas no oyentes; que los países que han
logrado ser ejemplo de la materialización del derecho a la educación de las
personas no oyentes estudian su sociedad e invierten en investigaciones que
ayuden a la solución de los problemas sociales y gubernamentales ; y que toda
propuesta debe estar enfocada en el aspecto social , educacional , familiar , laboral
y sobre todo gubernamental .
Del cual se arribó a las siguientes deducciones: Los beneficios del lenguaje de
señas en la materialización del derecho a la educación de la población peruana no
oyente son: las personas no oyentes alcanzarían una formación técnica y
profesional, se realizaría una inclusión efectiva y de calidad en todos los niveles y
modalidades del sistema educativo peruano. En esa sintonía , se recalca que no
hay una materialización de las políticas públicas centradas en la educación de las
personas no oyentes, de tal manera, se ha planteado el Proyecto de Ley que
modifica el artículo 40 de la Ley universitaria - Ley N°30220, adjunto en el anexo
N°7 de la presente pesquisa, con la finalidad de que ayude en la materialización del
derecho a la educación de las personas no oyentes, pues los beneficios abarcan
aspectos más allá que educativos y traen consigo un bienestar social y de
gobierno.
Colecciones
- Trujillo [989]