Derechos sucesorios del cónyuge putativo supérstite de buena fe
Fecha
2011Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La realidad jurídica familiar de nuestros días, y la regulación poco acertada por
parte del legislador nacional, ha sido la base para el desafío de intentar una
solución más justa, respecto de la regulación de los denominados doctrinalmente
cónyuges putativos supérstites, en lo que respecta a sus derechos sucesorios,
Si bien nuestra legislación civil cuenta con regulación de los denominados
doctrinalmente derechos sucesorios del cónyuge putativo supérstite (artículo 827°
del Código Civil), nos parece que ella no es del todo justa, por cuanto establece
derechos sucesorios a este tipo de cónyuge a condición de que el cónyuge del
primer matrimonio haya muerto primero, dejando en total desamparo al segundo
cónyuge, pese a que este haya actuado de buena fe, desconociendo del
impedimento matrimonial que preexistía.
Para ello, se procura desarrollar aspectos centrales de la sucesión del cónyuge,
empleando como metodología de investigación la dogmática
Iniciamos nuestra investigación con los aspectos metodológicos de la
investigación, pasando a desarrollar en el segundo capítulo primero los
antecedentes tanto normativos como doctrinales de la investigación, pasando a
desarrollar temas doctrinales tales como el fenómeno sucesorio patrimonial en
forma general, asimismo se verá el tratamiento de la sucesión del cónyuge, tanto
en la doctrina nacional como en la extranjera; asimismo abordando temas tales
como el abuso del derecho y la noción de bien jurídico; ya en el tercer capítulo se
desarrollará los resultados a que se ha llegado, producto de esta investigación,
los cuales tienen como fundamento la doctrina y legislación tanto nacional como
extranjera.
Colecciones
- Piura [869]