La inaplicación del proceso de terminación anticipada en la etapa intermedia del proceso penal común
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2011Metadatos
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La presente tesis se refiere al tema de la inaplicación del proceso de terminación
anticipada en la etapa intermedia del proceso penal común, como consecuencia del
acuerdo plenario N° 5-2008 de fecha 13 de noviembre del 2009 expedido por los
Magistrados de la Corte Suprema de la República, a fin de determinar los criterios y
motivos que sustentaron su posición, lo que trajo consigo cierta insatisfacción por parte
de los operadores del derecho, abogados, y tratadistas del derecho penal y procesal
penal; el objetivo de la presente investigación es demostrar que dicha inaplicación no es
conforme a los principios y fines que orientaron el nuevo modelo de justicia procesal
penal. En cuanto, a la metodología empleada, se utilizó el método descriptivo, lógico
deductivo, histórico, analítico; las técnicas e instrumentos utilizados son: el registro
documental, registro estadístico, y finamente encuestas a los jueces penales de la Corte
Superior de Justicia de Piura, e instituciones involucradas, tomando como muestra de
estudio 46 personas, a fin de obtener una mejor investigación del tema abordado;
concluyendo que la inaplicación del proceso de terminación anticipada es contraria a los
principios y fines que inspiraron el nuevo sistema procesal penal como la celeridad,
economía y eficacia procesal. Por lo que dentro mi recomendación es la modificación del
Art. 350 inc. 1; y el Art. 468 inc. 1 de la norma procesal penal, las mismas que no
trasgreden las normas especificas del proceso común, ni los derechos de los sujetos
procesales, ni mucho menos los fines del nuevo código procesal penal.
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- Piura [940]