La tenencia compartida como alternativa funcional para la conservación de la relación paterno filial y su aplicación en la praxis judicial en la ciudad de Piura
Fecha
2011Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
Cuando nos planteamos el tema, lo hicimos partiendo del influjo que habría traído la
modificación del artículo 81 del Código de los Niños y Adolescentes, por el cual se
estableció: "Cuando los padres estén separados de hecho la tenencia de los niños,
niñas y adolescentes se determina de común acuerdo entre ellos y tomando en cuenta
el parecer del niño, niña o adolescente. De no existir acuerdo o si este resulta perjudicial
para los hijos, la tenencia la resolverá el juez especializado dictando las medidas
necesarias para su cumplimiento, podiendo disponer la tenencia compartida,
salvaguardando en todo momento el interés superior del niño, niña o adolescente".
La tenencia compartida, figura que antes sólo había estado tratada en la doctrina, con la
referida modificatoria se había implementado en nuestra legislación. Era entonces
importante destacar las cualidades de ésta y su rol protagónico en la conservación de la
relación paterno-filial.
Es que la tenencia tal cual estaba regulada anteriormente siempre priorizaba a uno de
los padres en su ejercicio, y a lo sumo el otro era consolado con un régimen de visitas.
Pero aunque en ese trajín se decía que la decisión se adoptaba en función al interés
superior del niño, sin embargo en muchos casos eso no era real, pues hay situaciones
en que si bien las relaciones entre los padres se encuentran deterioradas, sin embargo,
las relaciones entre el hijo y ambos padres es todo lo contarlo.
Para tales circunstancias no es aconsejable pues aplicar la tenencia en su forma
clásica, sino la tenencia compartida. En el presente trabajo nos proponemos establecer
sus virtudes, y en eso radica su importancia, llegando a obtener como resultado, en
líneas generales, que la tenencia compartida resulta ser una institución muy funcional
en el Derecho de familia de nuestros días, pues en la concepción de las familias
modernas está ínsito el tema que los problemas de los padres no deben afectar las
relaciones que tienen con sus hijos.
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