Aplicación de la prueba de oficio en contravencion del NCPP Peruano
Fecha
2015Metadatos
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La facultad que se le brinda al Juez para que aplique o use la prueba de manera
oficiosa, constituye una de las características relevantes del Sistema Inquisitivo al
que no pertenecemos, es así que su práctica supone una colisión con la
naturaleza del sistema acusatorio siendo un sistema garantista, además de la
contravención para una de sus grandes línea rectoras, como lo son la división de
funciones entre Fiscal y Juez, y por ende a los principios que forman la estructura
de este nuevo sistema, como la igualdad de armas y el debido proceso,
acudiendo a la investigación cualitativa, para su respectivo análisis teniendo como
técnicas, el fichaje bibliografía, de resumen y textual, la entrevista aplicada a
fiscales, abogados y jueces, concluyéndose así que serviría el limitar la facultad
del juzgador a sólo la inspección o reconstrucción de hechos, impidiendo la
práctica de la prueba de oficio.
Colecciones
- Piura [867]