Causas de aplicación de las sanciones disciplinarias del Órgano de Control de la Inspectoría Regional de la PNP en el distrito de Tarapoto durante el año 2012
Fecha
2012Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La presente tesis tiene como finalidad fundamental, hacer conocer a la comunidad,
que en un Estado de derecho, como en el que vivimos pueden surgir y ocurrir aún
situaciones que colisionan deliberadamente con las más mínimas garantías de un
debido proceso.
La investigación versa y reposa sobre hechos reales y concretos que se registran
dentro de una Institución denominado tutelar del Estado peruano, esto es, la
Policía Nacional del Perú, organismo dependiente del Poder Ejecutivo, donde
además por ser institución jerarquizada y no deliberante muchas veces las cosas
se manejan de manera parcializada o inclinada a los interés del gobierno de turno.
El órgano encargado de velar por la disciplina es la Inspectoría General, cuyas
investigaciones y decisiones se realizan dentro de éste estamento y sus órganos
descentralizados en las diversas regiones a nivel nacional, donde aquel
funcionario llámese Oficial Superior, con el Grado de Comandante o Coronel es
quien investiga y también sanciona las faltas disciplinarias, contraviniendo
abiertamente no solo la Constitución, sino la Ley madre del procedimiento
administrativo la Ley No. 27444 de procedimiento administrativo general, puesto
que en este régimen u otros regímenes sea la ley No. 276, para la imposición de
una sanción previamente se cursan el pliego de cargos al presunto infractor, luego
existe una comisión de investigación y estos son los que elevan ante el titular del
pliego o sector, donde la máxima autoridad es quien resuelve, sin que este
funcionario tenga o haya tenido contacto con los actos probatorios durante el
estadio procesal.
Otro aspecto relevante, es que el órgano de investigación y decisión de la
Inspectoría a nivel nacional, y concretamente en Tarapoto, es quien resuelve los
recursos de apelación las sanciones por faltas leves cometidas por el personal
policial, cuando en verdad por mandato expreso de la ley, el recurso de apelación
es de puro derecho y de diferente interpretación, sin embargo estamos frente a
funcionarios carentes de formación jurídica, la cual no les permite discernir, menos
desentrañar el verdadero sentido de la norma, la cual ineludiblemente genera
riesgo latente a los derechos de los administrados, consecuentemente inseguridad
jurídica en la justicia administrativa.
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- Tarapoto [469]