Causas por las cuales la medida cautelar de embargo de inmueble sin inscripción registral no son preferidas por los acreedores dentro del proceso único de ejecución, seguidos ante los juzgados de paz letrado de Tarapoto, de Julio 2009 a Julio 2010
Fecha
2011Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La presente tesis es resultado de un estudio sobre las causas de la no aceptación por
parte de los acreedores de la Medida Cautelar de Embargo de Inmueble sin Inscripción
en el Proceso Único de Ejecución, pues no cumple con la finalidad fundamental y la
propia razón de ser de toda medida cautelar, que es la de asegurar en forma anticipada y
en menor tiempo, la eficacia de la decisión final que se acordara ulteriormente en el auto
definitivo.
Desde un análisis minucioso de la realidad jurídica y social en la cual se utiliza el embargo
de inmueble sin inscripción registra! regulada por el primer párrafo del artículo 650º del
Código Procesal Civil, hemos llegado a nuestra hipótesis afirmativa indicando que las
Causas por las Cuales la Medida Cautelar de Embargo de Inmueble sin Inscripción
Registra! no son preferidas por los acreedores dentro del Proceso Único de Ejecución
son: que no asegura la eficacia práctica de la decisión definitiva, cuando esta debe
realizarse a través de la ejecución forzada, asimismo al ser la inscripción en el Registro
Público en forma preventiva no le brinda seguridad jurídica al potencial adjudicatario, la
informalidad en la adquisición y transferencia de la propiedad.
Finalmente se comprueba que las medidas cautelares de embargo de inmueble sin
inscripción registra! no son preferidas por los acreedores dentro del proceso único de
ejecución, debido a la falta de seguridad jurídica que brinda la propiedad del mismo al no
estar inscrita, y también a la falta de precisión normativa.
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