Calificación registral de convocatoria notarial para la inscripción de acuerdos de junta general
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2012Metadatos
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registral de convocatoria notarial para la inscripción de acuerdos de junta general, que estudia
y analiza la problemática suscitada a nivel de calificación registral de títulos relacionados a la
convocatoria notarial a junta general de accionistas, a solicitud de aquellos, tomando como
referencia de información a la doctrina societaria y la doctrina registral, Ley General de
Sociedades, la Ley de Competencia Notarial en Asuntos no Contenciosos y la Ley N° 29560
que incorpora el Título IX referido a la convocatoria a junta obligatoria anual y junta general
de accionistas a esta última, y que modifica el artículo 117 de la Ley General de Sociedades
estableciendo una nueva redacción para el caso de la convocatoria a solicitud de accionistas,
puesto que es un tema que presenta variadas connotaciones jurídicas y se presta a confusiones
más aún con la nueva redacción instaurada por el legislador, lo que cual se demuestra en este
trabajo que constituye un absurdo jurídico en cuanto a la procedencia en la calificación
registral por parte de los registradores públicos, del requisito de citar al directorio o gerente
como órganos encargados, en el caso que los accionistas se vean obligados a recurrir al notario
para que efectúe la convocatoria a Junta General.
Siendo de gran importancia el registro de sociedades, pues cumple una función de relevancia
jurídica cuando sea debidamente inscrito en los Registros Públicos los títulos referidos a
convocatorias a juntas generales de accionistas efectuadas por los notarios públicos., logrando
una oponibilidad efectiva y con respaldo jurídico frente a todos en aras de la seguridad
jurídica.
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- Piura [874]