Afectación del derecho de la verdad biológica y el derecho de defensa en el proceso de filiación extramatrimonial regulado en la ley N° 28457 en el distrito judicial de Piura
Fecha
2010Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
participación conjunta; son dos quienes engendran a uno, quien necesita
conocer a esos dos que lo engendraron, o por lo menos a uno de los dos;
nuestros orígenes, nuestros padres, nuestras raíces, nada como sentirse
identificado con nuestros ascendientes, quienes nos dieron la vida.
La filiación es un problema muy sensible, humano de por sí, que
el Estado debe asumir con responsabilidad regulando legalmente la
formalización del nexo filial de las personas, en especial los lazos de
paternidad. Es un problema cotidiano, que va en aumento, creciendo de
una manera incontenible, más aún en estos últimos tiempos en que la
filiación es vista como una institución dirigida a la protección del menor
dejándose de lado su mero contenido de parentalidad.
Así pues, la determinación de la paternidad consiste en el
establecimiento jurídico de la filiación adecuándosele a su fundamento
natural: la procreación. Se presenta, entonces, como la constatación jurídica
de la paternidad biológica, lo que consagra su esencia basada en el interés
social y el orden público.
El derecho busca el bienestar humano mediante la paz social y acceso
rápido y oportuno a la justicia, por consiguiente; está a la vanguardia de los
grandes avances científicos; aportes contundentes que dan al juzgador grado
de certeza para resolver a favor de la identidad del menor a ser utilizados en
los procesos de filiación de paternidad extramatrimonial.
Colecciones
- Piura [867]