Vulneración del Principio Ne bis in Ídem ante la imposición de una doble sanción a conductores en estado de ebriedad
Fecha
2023Metadatos
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Conducir en estado etílico es una acción sancionada dos veces por el Estado,
debido a que el sujeto es procesado en una instancia administrativa y penal. La
norma prohíbe el doble enjuiciamiento, por ello, la problemática en esta
investigación es si se vulnera o no el Principio Ne Bis In Ídem ante la imposición
de una doble sanción a conductores en estado de ebriedad. Se planteó como
objetivo general: analizar la vulneración al Principio Ne Bis In Ídem ante la
imposición de una doble sanción a conductores en estado de ebriedad. Como
objetivos específicos: analizar los criterios adoptados en la legislación extranjera
en la que aplican sanciones penales en el delito de conducción en estado de
ebriedad y analizar el criterio de la unidad del sistema jurídico en la jurisprudencia
nacional sobre la vulneración del principio de Ne Bis In Ídem en el delito de
conducción en estado de ebriedad. Se ha desarrollado una investigación tipo
básico, descriptivo, de enfoque cualitativo y con diseño de teoría fundamentada.
Se obtuvo como resultado que no hay vulneración al principio objeto de estudio,
porque los procesos con hechos similares hacia la misma persona no sostienen
una investigación bajo el mismo fundamento; debido a que poseen dos
naturalezas jurídicas distintas. Se llegó a la conclusión que la coexistencia de
procesos con fundamentos legales diferentes no es perjudicial al principio Ne Bis
In Ídem.
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- Chimbote [407]