El reconocimiento de la unión de hecho en personas del mismo sexo, para efectos sucesorios en el Perú
Fecha
2021Metadatos
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El presente trabajo de investigación se dirigió a determinar si la regulación de la unión
de hecho en personas del mismo sexo es la base para los efectos sucesorios en el
Perú. La investigación de acuerdo a la metodología utilizada es de enfoque
cualitativo, tipo básica y con un diseño de teoría fundamentada. Las técnicas
utilizadas para la recolección de datos fue la entrevista a los especialistas en la
materia como abogados, jueces y fiscales, así como el análisis e interpretación de
los documentos consistentes en legislación comparada de los países de Argentina y
México.
Los resultados obtenidos permiten concluir que el reconocimiento de las uniones de
hecho en personas del mismo sexo si efectúa los derechos sucesorios en el Perú,
asimismo que no existe circunstancia alguna que no permita su reconocimiento pues
se tiene que dejar de lado la religión y moral, adicional a ello no es necesario copiar
o tomar una legislación comparada para crear una ley en nuestro país, puesto que ya
tenemos el art.326 del código civil y lo único que se tiene que hacer es ampliarla.
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- Trujillo [989]