Principio jurídico de mínima intervención en el delito de producción de peligro en transporte público, en una fiscalía, Chosica – 2024
Fecha
2024Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
Este estudio contribuye al objetivo de desarrollo sostenible de promover la paz, la
justicia y la solidez institucional al analizar la mínima intervención del derecho penal
en el delito de producción de peligro en el servicio de transporte de pasajeros en
Chosica en 2024. Se utilizó un diseño hermenéutico-fenomenológico, desde un
enfoque cualitativo. Para la recopilación de información se entrevistó a 7 expertos en
derecho penal (cinco fiscales, un juez y un abogado defensor público) con más de 5
años de experiencia en la jurisdicción de Chosica-Lima Este. La guía de entrevista
estuvo conformada por 17 preguntas revisadas por 3 evaluadores, cuyos participantes
respondieron desde su experiencia profesional. Los datos se analizaron con redes
semánticas en ATLAS.ti, revelando conceptos clave como el principio de mínima
intervención, el delito en análisis, subsidiariedad y fragmentariedad. Surgieron
también de los resultados de las entrevistas las subcategorías de riesgo y
vulnerabilidad, enriqueciendo el análisis. Se concluyó que incluir este delito
contraviene el principio de mínima intervención penal, y que, en la fiscalía, este
principio se aplica restringidamente mediante el principio de oportunidad. La infracción
del delito se asocia a su ineficacia o a un marco normativo deficiente.
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