El contrato de locación de servicios y su desnaturalización en las entidades públicas de Piura 2024
Fecha
2025Metadatos
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La presente investigación se desarrolló sobre el contrato de locación de servicios y su
desnaturalización en las entidades públicas de Piura 2024, así como la Ley N° 31298,
“Ley que prohíbe a las entidades públicas contratar personal mediante la modalidad de
locación de servicios para actividades de naturaleza subordinada”. El objetivo general
del presente trabajo de investigación consistió en analizar de qué manera se
desnaturalizan dichos contratos en sus diferentes modalidades como contratar personal
para cubrir puestos o funciones de carácter permanente o no permanente, por servicios
de carácter urgente y temporal y cuando se contrata personal por excepción para
puestos de urgencia y temporal debiendo estos ser debidamente acreditada su
necesidad. El contrato de locación de servicios se desnaturaliza cuando se contrata
personal para cubrir puestos o funciones de carácter permanente o no permanente, si
estas actividades son de naturaleza subordinada, teniendo que la subordinación es
propia de los contratos laborales y no de los contratos civiles en los que no hay poder
jurídico de dirección, control y sanción del empleador, sosteniéndose la presente
investigación en un trabajo decente y crecimiento económico según los objetivos de
desarrollo sostenible indicados por la ONU.
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- Piura [938]