Responsabilidad extracontractual de la municipalidad provincial de Trujillo por daño a la salud causado por contaminación sonora
Fecha
2014Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El impacto de la contaminación ambiental en el ser humano es hoy en día
el foco de atención de la mayoría de gobiernos que buscan medidas para
precautelar el cuidado del medio ambiente, haciendo énfasis en lo que
corresponde al agua, aire y suelo. Es importante reconocer que con el desarrollo
del ser humano, también el avance de otros problemas ambientales se puede
presentar, produciendo además de daños a la salud, otro tipo de afectaciones que hasta ahora no se habían considerado.
La presente tesis tiene como objetivo determinar la susceptibilidad de
responsabilidad extracontractual por daño a la salud causado por contaminación
sonora en la Municipalidad Provincial de Trujillo, conocer el análisis de la
legislación nacional y local sobre contaminación sonora, identificar las teorías que sustentan la responsabilidad extracontractual en intereses difusos, además
identificar los daños que causa los ruidos nocivos y molestos en la ciudad de
Trujillo y finalmente determinar en qué medida es posible atribuir el daño moral
difuso a la Municipalidad Provincial de Trujillo para que la población tome
conciencia al respecto de estos problemas ambientales e implementar nuevas
ideas en nuestra legislación local, que garanticen el derecho de vivir en una
ambiente sano tal como lo establece nuestra Constitución.
Para lograr el propósito de este estudió, se debe partir de las concepciones
más simples sobre la contaminación acústica como su origen, concepto,
características, causas y efectos, tomando en cuenta además que este problema
ambiental ha sido subestimado y dejado de lado a diferencia de otro tipo de
contaminación como el agua y el suelo, siendo incluso complejo su medición y
cuantificación respecto del daño causado, por ello que las administraciones
públicas trabajen no en parar el ruido pero sí en mitigar su impacto en la
ciudadanía.
Como se analiza en el presente trabajo, la regulación en nuestro país de la
contaminación ambiental es extensa y general, señalando a todo momento el
derecho a la vida en un espacio saludable; particularmente al respecto los
impactos negativos de acústica no se especifica nada. Sin embargo, la
Ordenanza Municipal Nº 008-2007-MPT regula este problema ambiental y
establece parámetros de cumplimiento y sanciones para los infractores. En este
punto se busca establecer la responsabilidad que tiene la Municipalidad Provincial de Trujillo, su jurisdicción y competencias.
En lo que respecta a legislación comparada, a más de contemplar los
problemas que se mencionan a lo largo del estudio, se hace una novedosa
mención respecto de un derecho que se ve afectado por la contaminación
acústica y el cual merece un espacio considerable de análisis: el derecho a la
intimidad. Países como Brasil y Argentina dan un enfoque más profundo a
impactos nocivos ambientales comunes, que mencionan derecho de privacidad y
a la intimidad. Así mismos los países europeos actualizan el monitoreo de la
contaminación acústica, aplicando las leyes y normas que son estrictamente
aplicables y sancionables en los diferentes estados de Europa.
Concluyendo en el presente estudio se advierte que el sistema administrativo de las municipalidades en general no aplican las leyes establecidas en el marco legal del sistema ambiental, generando cierto grado de inseguridad en materia de gestión ambiental, en consecuencia deviene en ser ambiguo e impreciso acertado, cuando se aplica la normatividad legal a los infractores; tal como queda demostrado con las teorías que sustentan la responsabilidad extracontractual en intereses difusos. Por otro lado la contaminación sonora ocasiona daños tales como sordera o daño al oído conocido como hipoacusia, insomnio, riesgo cardiaco y estrés, accidente cerebrovascular, hipertensión.
Finalmente se le atribuye a la Municipalidad Provincial de Trujillo responsabilidad extracontractual por daños a la salud por efectos de la contaminación sonora en base a la responsabilidad subjetiva o la responsabilidad objetiva, en el sentido que omite accionar contra los agentes estando obligada por la Ley General del Medio Ambiente, cuya inacción genera inseguridad ciudadana fundamental en las personas a vivir en un lugar de paz de tranquilidad y equilibrado.
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