La composición de los integrantes de la Comisión de Ética Parlamentaria establecida en el artículo 9 del Código de Ética del Congreso de la República del Perú, genera el riesgo de parcialidad en sus decisiones, en el periodo 2016 - 2017
Fecha
2018Metadatos
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La presente investigación es basada en una realidad latente en nuestro Congreso de la
República del Perú, el cual viene atravesando una crisis de aprobación respecto a sus
funciones por parte de la población, es así que según encuesta realizada por Ipsos para el
Comercio solo el 14% de la población aprueba la gestión de los parlamentarios, y así mismo
es considera por el pueblo como una de las Instituciones del Estado en la cual se ha
concentrado más la corrupción.
La falta de aprobación de nuestros parlamentarios genera la falta de legitimidad de los
mismos, pues es nuestra aprobación la que le da legitimidad a los integrantes del Poder
Legislativo, como institución representativa.
El Congreso cuenta con una Comisión encargada de velar por el cumplimento de la ética
dentro del parlamento; dicha Comisión está conformada según el Código de ética
Parlamentaria por no menos de siete congresistas, debiéndose respetar los criterios de
proporcionalidad y pluralidad de las bancadas.
Debido a la falta de aprobación de nuestros legisladores y a la composición actual de la
Comisión de Ética Parlamentaria, es que mi investigación tiene como una de sus metas el de
acumular datos mediante la aplicación de entrevistas y análisis de documentos, que puedan
generar en el lector dudas razonables respecto a si la actual conformación de la Comisión de
Ética Parlamentaria es la correcta para recuperar la confianza pública, y si realmente dicha
conformación garantiza que se respete el principio de imparcialidad que debe tener todo
procedimiento administrativo.
La conclusión general a la que llego en la presente tesis, es que toda comisión de ética
conformada por congresistas, corre el riesgo de parcializar sus decisiones, favoreciendo a
miembros de su bancada política, así mismo puedo afirmar que cuando existen interés
políticos de por medio no se podrá garantizar el cumplimiento o respeto del principio de
imparcialidad; es por ello que se recomienda que nuestra Comisión de ética parlamentaria
este integrada por personas ajenas al poder legislativo, que sean expertas y de prestigio, y
que además no tengan ninguna inclinación partidaria.
Colecciones
- Trujillo [991]
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