Maternidad subrogada y el interés superior del niño, Independencia, 2018
Fecha
2018Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
El deseo de tener descendencia ha sido una preocupación constante del ser humano, desde los el amo hasta el siervo, sin embargo esto se ha visto atentado por causa de la infertilidad, esterilidad, y gracias a la tecnología, biológica que está brindando la posibilidad a los seres humanos de procrear, mediante las Teras de maternidad subrogada, cuya finalidad es combatir la infertilidad y esterilidad, las personas solteras, casada, encuentren una solución a su problema y puedan con su proyecto de vida de ser madre, este método no se encuentra regulado en nuestra legislación y de ser regulado debe ser bajo ciertos requisitos sin embargo en otros Estados la regulación varía desde muy permisiva hasta ser prohibido. Ello generando que se vulnere el derecho de los niños en su identidad, de igual forma el incremento de las familias monoparentales en la sociedad, presentándose problemas de filiación, de los futuros padres intencionales que desean ejercer su derecho sobre sus hijos, si una mujer decide alquila su vientre ejerce su derecho a la autodeterminación reproductiva cuando accede llevar al embrión de otras personas entregándoles después del parto al niño que llevo en su vientre, estaría atentando contra las normas legales que prohíben comercializar el cuerpo humano.
El Estado procura la protección del ser humano así como su autorrealización sin contravenir el orden público y las buenas costumbres, la dignidad de la persona, el interés superior del niño que nacen bajo la técnica de la maternidad subrogada debe estar orientada a buscar el equilibrio entre el ejercicio de los derechos de los intervinientes, los padres, la gestante, el recién nacido; el ejercicio de derechos fundamentales y el cumplimiento del principio a la dignidad de la persona es exigible al Estado, a la sociedad y a la familia.
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