La Jornada Laboral en la Policía Nacional del Perú de 24 por 24 horas y la vulneración a Derechos Constitucionales
Fecha
2018Metadatos
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La presente investigación aborda la realidad problemática que presenta el
régimen especial de la Policía Nacional del Perú en cuanto a su jornada laboral
específicamente en el horario de 24 por 24 horas que se encuentra prevista en el
Reglamento de Horarios y Turnos de Trabajo en el Régimen de Servicio a
Dedicación Exclusiva de la Policía Nacional del Perú, aprobado por la
Resolución Directoral N° 12-2016-DIRGEN/EMG-PNP de fecha 19 de enero de
2016 y que es aplicada a un gran número de efectivos, pues debemos aclarar
que en dicho documento también se incluyen otros jornadas laborales, es decir,
diferentes horarios.
La Constitución Política del Perú señala en su artículo 25° que la jornada de
trabajo máxima diaria es de ocho horas y semanal de 48 horas, sin embargo
también estipula la jornada atipa que no es más que una acumulación de horas
que en un promedio de tres semanas no debe exceder el máximo semanal,
interpretación que la realiza el Tribunal Constitucional en sentencia por el caso
del Asentamiento Minero Toquepala Expediente N° 4635-2004-AA/TC. En la
misma línea, debemos señalar que la aplicación de un jornada razonable implica
la garantía del goce de otro derechos constitucionales que se ven estrechamente
relacionados con su implementación, entre ellos tenemos el derecho a la salud,
al disfrute del tiempo libre, al descanso, a la igualdad y a la protección familiar.
Analizaremos las diferentes jornadas laborales de la policía en el derecho
comparado y la realidad problemática tanto social como jurídica de nuestro país
para brindar una propuesta viable que permita el respeto de los derechos
constitucionales de los miembros de dicha institución.
La finalidad de esta investigación es demostrar que la aplicación de la jornada
laboral de 24 por 24 en la PNP es trasgresora de derechos fundamentales que
se encuentran reconocidos por nuestra carta magna y que merece la atención debida por parte del Poder Legislativo a fin de que exista una regulación con rango legal para fijar jornadas laborales que respeten los derechos
fundamentales.
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