Sanción administrativa de la propiedad vehicular efectuada por los Inspectores Municipales de Transporte (IMT) y la Policía Nacional del Perú (PNP) en la acción de control
Fecha
2019Metadatos
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En el presente estudio titulado “Sanción administrativa de la propiedad vehicular
efectuada por los Inspectores Municipales de Transporte (IMT) y la Policía Nacional del
Perú (PNP) en la acción de control”. El método empleado fue inductivo, enfoque de
investigación cualitativa, presentando la problemática lamentable que los propietarios de
vehículos y los conductores sigan conduciendo sus propiedades vehiculares en la
informalidad ocasionando congestión vehicular, causando daño a los particulares
(ciudadanos), asimismo en los últimos años se ha incrementado un alto índice de
accidentes de tránsito conforme a la estadística del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones (MTC). Del 2014 al 2018, ascienden a 14,530 personas que perdieron
la vida, su diseño hermenéutico, muestreo no probabilístico, así como la técnica empleada
de recolección fue la entrevista.
Llegamos a las conclusiones que las sanciones administrativas por infracciones al
reglamento de tránsito derivado del cobro de la papeleta de infracción decaen en nulidad
por la inadecuada notificación al infractor en consecuencia tienen la posibilidad de
plantear su demanda de revisión judicial de procedimiento de ejecución coactiva, siendo
necesario que el procedimiento coactivo cumpla los plazos y tramites que lo originan.
De otro lado se observa existe la mala costumbre entre la mayoría de propietarios de
vehículos de no pagar las papeletas impuestas pudiendo acogerse al beneficio del pronto
pago con descuentos, no realizan la cancelación respectiva de la multa. Sin embargo es
fácil visualizar el caos vehicular que ocasionan los conductores y/ o propietario de
vehículos al resistirse a dicho control e incluso, embisten con sus unidades vehiculares a
los IMT y PNP, sin importarles en absoluto cometer delitos contra la vida, el cuerpo y la
salud, contemplado en el artículo 121° Lesiones graves; inclusive algunos conductores
optan por invadir el carril contrario para darse la fuga produciéndose accidentes de
tránsito. En consecuencia ni siquiera cuentan con SOAT vigente para cubrir el siniestro.
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